¿Qué es un estudio de títulos y qué revisa?
Es la revisión legal de la historia registral de una propiedad antes de comprarla o hipotecarla. Verifica el dominio vigente, al menos diez años de títulos, hipotecas, gravámenes, prohibiciones y litigios, además de contribuciones, recepción municipal y, si corresponde, el reglamento de copropiedad.
Resumen del artículoPuntos clave
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- El estudio de títulos confirma que el vendedor es dueño y puede vender sin impedimentos.
- Se revisan al menos diez años de títulos, el plazo de la prescripción adquisitiva extraordinaria.
- El certificado GP muestra hipotecas, gravámenes y prohibiciones, y puede pedirse con litigios.
- Contribuciones, recepción definitiva y gastos comunes también forman parte de la revisión.
- Con crédito lo encarga el banco; al contado, el comprador debe encargarlo por su cuenta.
Un estudio de títulos es el análisis jurídico de los antecedentes de un inmueble para confirmar que el vendedor es dueño, que puede venderlo y que la propiedad no tiene gravámenes, prohibiciones o defectos que impidan o pongan en riesgo la compra. Revisa al menos los últimos diez años de inscripciones, porque ese es el plazo de la prescripción adquisitiva extraordinaria del Código Civil (artículo 2511), y suma certificados de contribuciones, recepción municipal y, en condominios, el reglamento de copropiedad. Lo exige el banco cuando hay crédito hipotecario y es igual de importante si compras al contado.
Define si tu caso necesita antecedentes adicionales y quién hace el estudio.
Posesiones efectivas, poderes, sociedades, prohibiciones del SERVIU u obras sin recepción exigen revisar antecedentes adicionales, aunque el banco haga su propio estudio.
Pide al banco el informe del estudio: la ley lo obliga a entregártelo. Condiciona la promesa a su resultado y revisa tú la escritura: el banco protege su garantía, no necesariamente tus intereses.
Sin banco, el comprador asume solo el riesgo de gravámenes, prohibiciones o defectos. Haz el estudio antes de firmar la promesa o condiciónala a su resultado.
¿La propiedad tiene alguna situación especial? Por ejemplo: viene de una herencia, la vende una sociedad, tiene usufructo, subsidio, ampliaciones sin regularizar o litigios.
¿Compras con crédito hipotecario? El banco encarga su propio estudio para proteger su garantía.
El estudio debe hacerse antes de firmar la escritura y, idealmente, antes de pagar montos relevantes en la promesa.
| Revisión | Documento base | Qué detecta |
|---|---|---|
| Dominio vigente | Copia de inscripción con vigencia | Quién es el dueño actual |
| Cadena de títulos | Certificado de títulos anteriores y escrituras | Transferencias irregulares o incompletas |
| Hipotecas y gravámenes | Certificado GP | Hipotecas, servidumbres y usufructos |
| Prohibiciones y embargos | Certificado GP | Embargos e impedimentos bancarios o del SERVIU |
| Litigios | Certificado GP con litigios | Juicios que afectan al inmueble |
| Contribuciones | Certificado de deuda de la TGR | Impuesto territorial impago |
| Construcción | Recepción definitiva de la DOM | Obras no recibidas |
| Copropiedad | Reglamento y gastos comunes | Reglas del condominio y deudas de la unidad |
Qué es un estudio de títulos
El estudio de títulos de una propiedad es un informe legal que responde tres preguntas: si quien vende es realmente el dueño, si puede vender sin autorizaciones o impedimentos pendientes y si el comprador recibirá el inmueble libre de gravámenes no asumidos. Para responderlas, el abogado cruza las inscripciones del Conservador de Bienes Raíces con las escrituras que les dieron origen y con certificados municipales y tributarios.
El Conservador lleva tres registros: el de Propiedad, el de Hipotecas y Gravámenes, y el de Interdicciones y Prohibiciones de Enajenar (artículo 31 de la Ley del Registro Conservatorio de Bienes Raíces). El estudio revisa los tres respecto del inmueble y de quien vende.
Por qué se revisan al menos diez años de títulos
El Código Civil fija en diez años el plazo de la prescripción adquisitiva extraordinaria, que corre contra toda persona y no se suspende (artículo 2511); la ordinaria, para bienes raíces, es de cinco años (artículo 2508). Por eso la práctica es revisar al menos diez años de inscripciones: permite detectar defectos que todavía podrían ser alegados por terceros. Hay situaciones en que conviene mirar más atrás, y es el abogado quien debe definirlo según los antecedentes.
El Conservador de Bienes Raíces de Santiago ofrece una carpeta de estudio de títulos que incluye la copia de inscripción con vigencia, el certificado de hipotecas, gravámenes y prohibiciones y un certificado que menciona los títulos anteriores hasta diez años. Esa carpeta no incluye las copias de las inscripciones anteriores ni el análisis jurídico.
Dominio vigente y cadena de títulos
Se revisa la inscripción de dominio vigente a nombre del vendedor y cada título anterior: compraventas, adjudicaciones, herencias, donaciones o aportes a sociedades. En cada eslabón se controla que quien transfirió era dueño, que tenía capacidad o poder suficiente y que la inscripción coincide con la escritura. Según el Conservador de Santiago, las copias de las escrituras se obtienen en la notaría que las otorgó y, si tienen más de un año, en el Archivo Judicial.
Si en la cadena aparece una herencia, los herederos solo pueden disponer del inmueble después de las inscripciones del artículo 688 del Código Civil. Revisa la guía de posesión efectiva y la de partición de herencia.
Hipotecas, gravámenes, prohibiciones y litigios
El certificado de hipotecas, gravámenes y prohibiciones, conocido como GP, informa gravámenes como hipotecas, servidumbres y usufructos, y prohibiciones como embargos o impedimentos bancarios o del SERVIU para vender. Se puede pedir con litigios. La enajenación de cosas embargadas por decreto judicial, sin autorización del juez o consentimiento del acreedor, adolece de objeto ilícito (artículo 1464 del Código Civil), por lo que un embargo debe resolverse antes de escriturar.
Una hipoteca vigente del vendedor no impide la compra, pero sigue al inmueble quien sea su dueño (artículo 2428). Debe pagarse y alzarse en la misma operación; revisa cómo en la guía de alzamiento de hipoteca.
Interdicciones, poderes y régimen matrimonial del vendedor
El estudio también mira a quien vende: si tiene interdicciones inscritas, si actúa por mandatario con poder vigente y suficiente, si una sociedad vendedora comparece con representantes facultados, y si se requiere autorización del cónyuge por sociedad conyugal (artículo 1749 del Código Civil) o por tratarse de un bien familiar (artículo 142).
Contribuciones y avalúo fiscal
Se pide el certificado de deuda de contribuciones de la Tesorería General de la República, que muestra las cuotas vigentes y morosas del impuesto territorial. Según ChileAtiende, se solicita indicando la región, la comuna y el rol de la propiedad, y tiene una vigencia de un mes desde su emisión porque los recargos de la deuda morosa varían mes a mes. El rol debe coincidir con el inmueble que se compra, incluidos estacionamientos y bodegas con rol propio.
Recepción final de obras en la Dirección de Obras Municipales
La Ley General de Urbanismo y Construcciones dispone que ninguna obra puede ser habitada o destinada a uso alguno antes de su recepción definitiva, parcial o total, salvo los mecanismos alternativos que la misma ley contempla (artículo 145). Por eso se revisa el certificado de recepción definitiva de la DOM y se compara con lo construido: ampliaciones sin permiso pueden generar reparos del banco, multas o dificultades para vender más adelante.
Departamentos y condominios: reglamento de copropiedad
En un condominio se revisa el reglamento de copropiedad y la individualización de la unidad, sus bodegas y estacionamientos. Según la Ley Nº 21.442, la obligación de contribuir a los gastos comunes sigue siempre al dueño de la unidad, incluso respecto de lo devengado antes de su adquisición, sin perjuicio de su derecho a repetir contra el anterior propietario (artículo 6). Por eso conviene pedir a la administración un certificado de gastos comunes al día antes de firmar.
Quién paga el estudio de títulos y cuánto demora
No existe una regla legal general. Cuando hay crédito, el banco lo encarga y la CMF lo incluye entre los gastos operacionales de cargo del deudor. Si compras al contado, normalmente lo encarga y paga el comprador. El plazo depende de la obtención de los certificados y de la complejidad de la cadena de títulos: una propiedad con pocos traspasos se revisa más rápido que una con herencias, subdivisiones o sociedades. El Conservador de Santiago informa que es usual que los bancos pidan certificados actualizados dentro de 30 días desde su otorgamiento.
- Identificar el inmueble
Foja, número y año de la inscripción, rol y dirección.
- Pedir certificados
Dominio vigente, GP, títulos anteriores, contribuciones y recepción.
- Reunir escrituras
Títulos de los últimos diez años y documentos del vendedor.
- Analizar la cadena
Dueños, capacidad, poderes, herencias y autorizaciones.
- Emitir el informe
Observaciones concretas y condiciones para escriturar.
- Subsanar antes de firmar
Alzamientos, autorizaciones o regularizaciones pendientes.
Un informe útil termina con observaciones accionables, no solo con la lista de documentos revisados.
| Documento | Dónde se obtiene | Dato necesario |
|---|---|---|
| Copia de inscripción con vigencia | Conservador de Bienes Raíces | Foja, número y año |
| Certificado GP | Conservador de Bienes Raíces | Foja, número y año |
| Certificado de títulos anteriores | Conservador de Bienes Raíces | Foja, número y año |
| Escrituras anteriores | Notaría o archivo judicial | Notaría y fecha de otorgamiento |
| Deuda de contribuciones | Tesorería General de la República | Región, comuna y rol |
| Recepción definitiva | Dirección de Obras Municipales | Dirección o rol del inmueble |
| Reglamento de copropiedad | Administración o Conservador | Condominio y unidad |
| Observación | Riesgo | Solución habitual |
|---|---|---|
| Hipoteca vigente del vendedor | El inmueble sigue gravado | Pago y alzamiento en la misma operación |
| Embargo inscrito | Enajenación con objeto ilícito | Alzamiento o autorización judicial previa |
| Prohibición del SERVIU | Venta restringida | Autorización o alzamiento del SERVIU |
| Herencia sin inscripciones especiales | Los herederos no pueden vender | Completar las inscripciones del art. 688 |
| Obras sin recepción | Reparos del banco y multas | Regularizar ante la DOM |
| Deuda de contribuciones o gastos comunes | Cobro al nuevo dueño | Pago acreditado antes de escriturar |
Checklist del estudio de títulos
- Inscripción de dominio vigente a nombre de quien vende.
- Cadena de títulos de al menos diez años sin eslabones faltantes.
- Certificado GP, idealmente con litigios, emitido recientemente.
- Certificado de deuda de contribuciones de la Tesorería.
- Certificado de recepción definitiva coherente con lo construido.
- Poderes, autorizaciones del cónyuge o documentos de la sucesión, si corresponden.
- Reglamento de copropiedad y certificado de gastos comunes, en condominios.
Errores frecuentes que conviene evitar
- Confundir la carpeta de certificados con el informe jurídico.
- Hacer el estudio después de pagar el pie en la promesa.
- Asumir que el estudio del banco revisa todo lo que interesa al comprador.
- Ignorar ampliaciones sin permiso o deudas de gastos comunes.
- Firmar con certificados antiguos que ya no reflejan el registro.
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Preguntas frecuentes
¿Qué es un estudio de títulos?
Es el análisis jurídico de las inscripciones, escrituras y certificados de un inmueble para confirmar que el vendedor es dueño, que puede vender y que la propiedad no tiene gravámenes, prohibiciones o defectos que pongan en riesgo la compra.
¿Cuántos años de títulos se revisan?
Al menos diez años, que es el plazo de la prescripción adquisitiva extraordinaria del artículo 2511 del Código Civil. Según los antecedentes, el abogado puede revisar un período mayor.
¿Quién paga el estudio de títulos?
No hay una regla legal general. Si compras con crédito, el banco lo encarga y la CMF lo incluye entre los gastos operacionales de cargo del deudor. Si compras al contado, normalmente lo encarga y paga el comprador.
¿Cuánto demora un estudio de títulos?
Depende de la obtención de certificados y de la complejidad de la cadena de títulos. Una propiedad con pocos traspasos se revisa más rápido que una con herencias, subdivisiones, sociedades o litigios.
¿Qué pasa si el estudio encuentra una hipoteca?
No impide necesariamente la compra. La hipoteca sigue al inmueble, así que el saldo debe pagarse con el precio y el acreedor debe otorgar el alzamiento e ingresarlo al Conservador.
¿Es necesario si compro al contado?
Sí. Sin banco nadie revisa los títulos por ti, y una hipoteca, embargo o prohibición no detectada puede impedir la inscripción o dejarte con un inmueble gravado.
¿Qué datos necesito para pedir los certificados?
Para los certificados del Conservador se usa la foja, número y año de la inscripción de dominio vigente. Para el certificado de deuda de contribuciones se indican la región, la comuna y el rol de la propiedad.
Fuentes consultadas
- Código Civil de Chile · Biblioteca del Congreso Nacional de Chile · consultada el 30 de septiembre de 2026
- Ley del Registro Conservatorio de Bienes Raíces (Reglamento de 1857) · Biblioteca del Congreso Nacional de Chile · consultada el 30 de septiembre de 2026
- Carpeta de estudio de títulos hasta 10 años · Conservador de Bienes Raíces de Santiago · consultada el 30 de septiembre de 2026
- Certificado de hipotecas, gravámenes y prohibiciones (GP) · Conservador de Bienes Raíces de Santiago · consultada el 30 de septiembre de 2026
- Copia de inscripción con vigencia o dominio vigente · Conservador de Bienes Raíces de Santiago · consultada el 30 de septiembre de 2026
- Preguntas frecuentes del Conservador de Bienes Raíces de Santiago · Conservador de Bienes Raíces de Santiago · consultada el 30 de septiembre de 2026
- Certificado de deuda de contribuciones de bienes raíces · ChileAtiende · Tesorería General de la República · consultada el 30 de septiembre de 2026
- DFL Nº 458 de 1975, Ley General de Urbanismo y Construcciones · Biblioteca del Congreso Nacional de Chile · consultada el 30 de septiembre de 2026
- Ley Nº 21.442 que aprueba nueva ley de copropiedad inmobiliaria · Biblioteca del Congreso Nacional de Chile · consultada el 30 de septiembre de 2026
- ¿Qué gastos involucra un crédito hipotecario? · Comisión para el Mercado Financiero (CMF Educa) · consultada el 30 de septiembre de 2026
Contenido informativo basado en fuentes oficiales consultadas el 30 de septiembre de 2026. El alcance de un estudio de títulos depende de los antecedentes de cada inmueble y de quienes intervienen.
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